Auto Supremo AS/0840/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0840/2015

Fecha: 03-Nov-2015

ii) Señaló también que el Auto de Vista violó el derecho a la defensa a

ii) Señaló también que el Auto de Vista violó el derecho a la defensa a la Institución demandada porque realizó una errada interpretación y valoración de la prueba de fs. 2 a 3 porque se evidencia que el actor fue contratado a plazo fijo, lo que significó que hubo interrupción en el trabajo prestado por el demandante conforme con las declaraciones de los testigos de descargo, y al considerar no creíbles esas declaraciones violaron el valor legal que tienen los contratos mencionados de acuerdo al art. 6 de la Ley General del Trabajo (LGT), y que son de cumplimiento obligatorio tales documentos y declaraciones que hacen plena fe según el art. 48 de la Constitución Política del Estado (CPE), al estar establecido por escrito y ratificados por las declaraciones que se hacen referencia