Auto Supremo AS/0840/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0840/2015

Fecha: 03-Nov-2015

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 133 a 135, al carecer de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, corresponde resolverlo en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano del Estado, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 133 a 135, interpuesto por Beatriz Ruiz de Palacios en representación legal de la ASOGACHACO, contra el Auto de Vista Nº 75/2015 de 15 de mayo, de fs. 122 a 129 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija. Con costas