Auto Supremo AS/1037/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1037/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Deducida la apelación por la demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la


Deducida la apelación por la demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº 123/2009, revocó en parte la Sentencia N° 360/2008 y declaro PROBADA en parte la demanda de fs. 19-20 en lo que se refiere a la nulidad de las partidas N° 01239420 y 01317839 y la consiguiente rehabilitación de la partida N° 436, fs. 498 del libro A de 1932 de acuerdo a lo establecido en la Escritura Publica N° 149/32 y confirmando en parte respecto a que se declaró improbada con referencia a las demás pretensiones de la demanda, como a la demanda reconvencional interpuesta a fs. 35-38