Auto Supremo AS/1037/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1037/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Regístrese, comuníquese y devuélvase

Por todo lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme lo estipulado en los arts. 271 num. 2) y 4), 273 y 274 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 2) y 4), 273 y 274 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo CASA el Auto de Vista Nº 123, de fecha 19 de marzo de 2009, cursante de fs. 302 a 303 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), y deliberando en el fondo declara firme y subsistente la Sentencia Nº 360, de fecha 31 de octubre de 2008, cursante a fs. 282 a 284 y vta.
Sin responsabilidad por ser error excusable.
Regístrese, comuníquese y devuélvase