Distrito: Cochabamba
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1084/2015 - L
Sucre: 18 de noviembre 2015
Expediente: CB-163-11-S
Partes: Prospero Jorge Velasco Lora y otra. c/ Moisés García Galarza y otros.
Proceso: Nulidad de Venta y Mejor Derecho Propietario.
Distrito: Cochabamba
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1084/2015 - L
Sucre: 18 de noviembre 2015
Expediente: CB-163-11-S
Partes: Prospero Jorge Velasco Lora y otra. c/ Moisés García Galarza y otros.
Proceso: Nulidad de Venta y Mejor Derecho Propietario.
Distrito: Cochabamba
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la parte demandada interpuso recurso de casación,
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 3
- 1
- 2
- Por todos estos antecedente solicitan el Tribunal Supremo de Justicia se digne dictar resolución
- El recurrente plantea el recurso de casación en la forma y en el fondo, por
- De lo manifestado podemos concluir que la sanción por el incumplimiento de los plazos genera
- En el caso presente de la revisión de obrados se evidencia que a fs
- En estricta coherencia a la afirmación realizada, cabe señalar que en las sentencias declarativas de
- Por otra parte, en relación a que el Ad quem no se habría pronunciado respecto
- Si bien los recurrentes afirman que el título de propiedad de los demandantes seria nulo
- En cuanto a que no se habría considerado el régimen de ganancialidad y el derecho
- En relación a que el fallecimiento de Casimira Rocha no habría sido debidamente acreditado, pero
- Sustentando dicho razonamiento en los documentos de 8 de octubre de 1985, por el que
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
