Auto Supremo AS/1084/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1084/2015

Fecha: 18-Nov-2015

En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la parte demandada interpuso recurso de casación,


Deducida la apelación por los demandantes y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº 86/2011, revocó la Sentencia de 23 de junio de 2003 declarado probada la demanda principal de fs. 22, e improbadas las excepciones de fs. 60. En consecuencia dispone la nulidad del documento de venta de 20 de agosto de 2001 protocolizado por orden judicial de 4 de octubre de 2001, así como también se declara nula la inscripción en el registro de Derechos Reales Matricula N° 3011020013912 asiento A-1 de 4 de octubre de 2001. 2) Improbada la demanda reconvencional de fs. 59-60 aclarada a fs. 82 y probadas las excepciones planteadas a fs. 109 y se dispone que Moisés García Galarza, Petrona García Rocha y Porfirio Soto Hinojosa devuelvan el lote N° 12 a sus propietarios esposos Prospero Jorge Velasco Lora y Blanca Estela Villarroel de Velasco en el tercero día, bajo apercibimiento de lanzamiento.

En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la parte demandada interpuso recurso de casación, mismo que se pasa a analizar