En suma, cuando ha de demandarse la usucapión, resulta imperativo también, el cumplimiento de otros
En suma, cuando ha de demandarse la usucapión, resulta imperativo también, el cumplimiento de otros requisitos que tiene que ver precisamente con el inmueble que se pretende usucapir esto es que 1.- que el bien sea susceptible de usucapión; 2.- que para demandar necesariamente se debe tener la calidad de poseedor; 3.- que la posesión sea útil y 4.- El tiempo transcurrido para la prescripción, aspectos que los jueces y Tribunales toman en cuenta para la procedencia o no de esta acción
- de la H
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- Del análisis del recurso de casación en el fondo se observa que el agravio Nº
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- De manera introductoria es preciso referirse que la Usucapión decenal o extraordinaria es una forma
- En suma, cuando ha de demandarse la usucapión, resulta imperativo también, el cumplimiento de otros
- Así se tiene que las áreas verdes son superficies de terreno destinadas preferentemente al esparcimiento
- A ese efecto corresponde analizar el derecho invocado por la recurrente, teniéndose que los antecedentes
- Al efecto el art
- De la lectura de la citada norma, se tiene que claramente que dentro de cada
- En ese contexto se concluye que el A quo respecto a la pretendida acción en
- Cabe señalar que si bien es cierto que tanto la Declaración Universal de los Derechos
- En ese antecedente y por las certificaciones emitidas por el ente Municipal que acreditan
- Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme a la previsión contenida en los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
