Auto Supremo AS/0835/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2015-RRC-L

Fecha: 16-Dic-2015

2) Con la prueba A-2 se acreditó, que no obstante del acuerdo arribado, la


2) Con la prueba A-2 se acreditó, que no obstante del acuerdo arribado, la transacción definitiva no se realizó debido a que la propietaria desistió de vender el inmueble en el monto acordado, elevando el costo, aspecto que motivó a que los esposos pidieran la devolución de los $us. 10.000.- (diez mil dólares estadounidenses) entregados como anticipo de pago a Jorge Canedo, quien se comprometió a devolver pero no lo hizo, razón por la que, se le envió una carta notariada para recuperar el dinero entregado; empero, tampoco fue devuelto el valor