Auto Supremo AS/0835/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2015-RRC-L

Fecha: 16-Dic-2015

De en cuanto al motivo traído en casación en cuanto a la producción y valoración


De en cuanto al motivo traído en casación en cuanto a la producción y valoración del apruebas A-1 y A-2, se tiene:

1) Con la prueba A-1 se acreditó que el imputado Jorge Gabriel Canedo, resulta ser gerente de la Empresa Portales Properties, intermediaria en la compra-venta de bienes raíces. El nombrado imputado procedió a efectuar anuncios en el periódico ofertando en venta de bien inmueble (casa ubicada en la calle 25 de mayo), en cuya virtud acudieron a dicha empresa de bienes raíces los esposos Teófilo Pérez y Alberta de Pérez, quienes determinaron efectuar la compa del bien inmueble, acordando como precio definitivo por la transacción la suma de $us. 320.000.-(trescientos veinte mil dólares estadounidenses) previo acuerdo con la propietaria; sin embargo, no obstante el acuerdo al que arribaron decidieron postergar la operación definitiva, por lo que Jorge Canedo pidió a los potenciales compradores la suma de $us. 10.000.- (diez mil dólares estadounidenses) como anticipo de seriedad de la compra, monto que los esposos Pérez entregaron, suscribiendo por ello el compromiso de venta de 13 de abril de 2008