Auto Supremo AS/0880/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0880/2015

Fecha: 08-Dic-2015

Bajo esos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el

Bajo esos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de fs. 144 a 146, interpuesto por Sandra Ríos Valda, en representación del Seguro Social Universitario-Sucre, al carecer de sustento legal, no se observa violación de norma legal alguna, a efectos de casar el Auto de Vista, máxime de la recurrente a tiempo de interponer el recurso de casación, solicitó se case parcialmente el Auto de Vista Nº 251/2015 , sólo respecto al despido indirecto, desahucio, indemnización e incremento salarial; correspondiendo en consecuencia resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT