Auto Supremo AS/0880/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0880/2015

Fecha: 08-Dic-2015

En ese sentido, se advierte que en el caso de análisis, se colige que la

En ese sentido, se advierte que en el caso de análisis, se colige que la parte demandada no demostró, conforme el principio de la verdad material, más allá de la formalidad que arrojan las literales del Auto de Vista Nº 251/2015 de 1 de junio y menos prueba que dichas autoridades hubieran incurrido en error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba, o que se hubiere incurrido en vulneración normativa alguna, siendo correcta la decisión del Tribunal de Alzada