Auto Supremo AS/0889/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0889/2015

Fecha: 18-Dic-2015

Acuso que el Auto de Vista en el parágrafo sexto del segundo considerando, interpretó de

Acuso que el Auto de Vista en el parágrafo sexto del segundo considerando, interpretó de manera superficial los arts. 45, 67 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), puesto que no tomó en cuenta que el SENASIR forma parte del Estado y por ende se encuentra llamado a la defensa de los intereses de todos los bolivianos, y más aún al no tomar en cuenta que la obligación constitucional de todo boliviano es precautelar y resguardar el patrimonio del Estado, conforme se tiene contemplado en la Ley N° 004