Auto Supremo AS/1120/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1120/2015

Fecha: 04-Dic-2015

?La Sentencia de 27 de abril de 2012, que declaró probada la reivindicación dispuso a

?En su demanda (fs. 21-22 vta.), el actor a tiempo de solicitar la reivindicación del inmueble objeto de la litis, señala que fue declarado heredero forzoso a la muerte de su hermano Román Quilla López el 9 de octubre de 2003, habiendo adquirido por sucesión hereditaria el inmueble de 1.180,75 m2. Asimismo, señala que el 13 de junio de 2006 inició demanda interdicta de adquirir la posesión declarándose probada su demanda. En ejecución de sentencia se ministró posesión real, corporal y judicial en lo proindiviso en su favor sobre el referido inmueble debidamente registrado en DD.RR, y que no obstante, los demandados se niegan a entregarle dicho inmueble de su propiedad.
?La Sentencia de 27 de abril de 2012, que declaró probada la reivindicación dispuso a la parte demandada reivindique el inmueble en favor del actor argumentando que: “…Román Quilla López era propietario de un fundo ubicado en La Maica cantón Itocta de 2.643 m2, que el demandante ha demostrado que es propietario en lo proindiviso de 1.180,75 m2 actualmente en la zona Villa Busch, Av. Circunvalación Beijing Mzna. 138 (225) a título de sucesión hereditaria cuyo testimonio ha sido registrado...Que de la prueba aportada se evidencia que tiene inscrito su derecho propietario siendo totalmente eficaz contra terceros conforme el art. 1538 del Código Civil…”