Nulidad de Oficio
Nulidad de Oficio:
1. Señala que en el presente trámite se demanda a presuntos interesados a quienes se designó defensor de oficio quien aceptando el cargo respondió a la demanda oponiendo excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad e improcedencia (fs. 90) las cuales no fueron resueltas en Sentencia incurriendo en causal de nulidad provocando la apelación en cuyo grado el Tribunal de Apelación tampoco resolvió las mismas.
2. Menciona que en el considerando II del Auto de Vista admiten que la defensora de oficio respondió oponiendo excepciones sin que el A quo se pronuncie sobre las mismas, el Auto de Vista se limita a referir que no existe petición de complementación alguna de las apelantes pero por ello correspondía de oficio anular obrados hasta el vicio más antiguo, la falta de resolución de dichas excepciones dan lugar a declarar improbada la demanda principal
1. Señala que en el presente trámite se demanda a presuntos interesados a quienes se designó defensor de oficio quien aceptando el cargo respondió a la demanda oponiendo excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad e improcedencia (fs. 90) las cuales no fueron resueltas en Sentencia incurriendo en causal de nulidad provocando la apelación en cuyo grado el Tribunal de Apelación tampoco resolvió las mismas.
2. Menciona que en el considerando II del Auto de Vista admiten que la defensora de oficio respondió oponiendo excepciones sin que el A quo se pronuncie sobre las mismas, el Auto de Vista se limita a referir que no existe petición de complementación alguna de las apelantes pero por ello correspondía de oficio anular obrados hasta el vicio más antiguo, la falta de resolución de dichas excepciones dan lugar a declarar improbada la demanda principal
- Proceso: Reivindicación, acción negatoria y mejor derecho propietario
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Duodécimo en lo Civil-Comercial de
- En grado de apelación, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- Recurso de casación o nulidad en la forma de Julia Ruth Guevara Claros
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- Nulidad de Oficio
- Recurso de casación en el fondo
- Recurso de casación en la forma
- Con esos antecedentes pide declarar probada la demanda reconvencional y excepciones opuestas, e improbada la
- Con la facultad conferida por el parágrafo I del art
- En el caso presente, se establecen los siguientes hechos
- ?Por el título ejecutorial individual Nº 023690 expedido el 20 de noviembre de 1989 (fs
- ?No obstante, de acuerdo al proceso interdicto de adquirir la posesión adjunto en copias legalizadas
- ?La Sentencia de 27 de abril de 2012, que declaró probada la reivindicación dispuso a
- ?Por su parte, el Auto de Vista de 29 de octubre de 2014, que confirmó
- Al haber constatado de que el de cujus no es el único beneficiario del título
- POR TANTO
- Sin responsabilidad de los de instancia por ser excusable el error incurrido
- Se dispone la remisión de una copia de la presente Resolución al Consejo de la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
