Auto Supremo AS/1148/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1148/2015

Fecha: 09-Dic-2015

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6.Con relación al cuarto punto respondido por el Tribunal de alzada expresa que el Juez A Quo ha tomado en cuenta que el informe y la entrevista a la menor resultan idénticos en cuanto a lo referido por el Psicólogo, empero, alega que no se apreció que el informe psicológico determina que el fondo de su situación es su salud y el conflicto familiar, por lo que, este resultaría un informe ambiguo, mismo que no ha sido impugnado por un inadecuado procedimiento y no se ha tomado en cuenta la declaración del padre cuando refiere que su hijo sufre de lagunas mentales y que el maltrato proviene de la familia., en si aumentando los hechos