Auto Supremo AS/1148/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1148/2015

Fecha: 09-Dic-2015

Como segundo punto acusa que con relación al informe psicológico elaborado por el equipo multidisciplinario,


En el caso de autos, la resolución de segunda instancia ha establecido la existencia de motivación de parte de la Sentencia, los cuales aunque de manera escueta se encuentran inmersos tanto en la Sentencia como el Auto de Vista, puesto que, se realiza un análisis de los medios probatorios tantos documentales como testificales de acuerdo al principio de unidad y comunidad probatoria, por lo que, no resulta evidente la falta de motivación al existir una respuesta clara y concreta en la resoluciones de instancia, ahora si la recurrente no se encuentra de acuerdo con esas determinaciones, esta resulta una cuestionante de fondo y no de forma, y al no evidenciarse la falta de motivación deviene en infundado el reclamo anotado.
Como segundo punto acusa que con relación al informe psicológico elaborado por el equipo multidisciplinario, que hubiese sido presentado en audiencia, del cual no se tuvo conocimiento, impidiéndole impugnar el informe psicológico o contrastarlo con otro informe de otro perito, extremo que no fue fundamentado por el Tribunal de apelación