Auto Supremo AS/1148/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1148/2015

Fecha: 09-Dic-2015

Que del análisis del punto en cuestión, se advierte que este tiene por finalidad la

Que del análisis del punto en cuestión, se advierte que este tiene por finalidad la nulidad de obrados por vulneración a normas procesales, sobre el tema de la nulidad procesal corresponde analizar el principio de preclusión, el cual es uno de los principios que orienta este instituto procesal, sobre este principio Alfredo Antezana Palacios en su obra Lecciones de Derecho Procesal Civil Tomo I pag. 41 sostiene: “ el proceso tiene diversas etapas que se desarrollan en forma sucesiva mediante la clausura definitiva de cada una de ellas y no está permitido a las partes el regreso a etapas y momento ya extinguidos.”, conforme a la práctica forense de la materia, debe entenderse que el principio de preclusión, sustenta la finalidad de la administración de justicia en sentido de que al ser el proceso una serie de actos concatenados y debidamente ordenados que tiene por fin la solución del conflicto jurídico, no es loable impedir que la causa, alcance ese fin, retrotrayendo la causa a etapas ya superadas, por aspectos no reclamados oportunamente que no tengan incidencia directa o trascedente con el fondo del proceso, ya que, se activaron los principios de preclusión, convalidación y trascendencia, no resultando viable ante esta situación una nulidad por incumplimiento a mera formalidades