Auto Supremo AS/1148/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1148/2015

Fecha: 09-Dic-2015

Por los motivos expuestos deviene en infundado el recurso de casación en la forma

En el sub lite si la recurrente advirtió alguna falta de imparcialidad tenia expedito los mecanismos procesales referidos supra para que le Juez o Tribunal se aparte del conocimiento de la causa, empero, no hizo uso de estos mecanismos no resultando viable ante una resolución desfavorable recién acusar falta de imparcialidad de la autoridad jurisdiccional, no siendo procedente una nulidad procesal cuando la misma no fue reclamada oportunamente por los mecanismos que otorga la ley, conforme orienta el art. 17-III de la LOJ.
Por los motivos expuestos deviene en infundado el recurso de casación en la forma