Así interpuesto el recurso, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones
b) FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Así interpuesto el recurso, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar al análisis del proceso, se deja establecido que el memorial del recurso, es una simple cita y transcripción de normas que rigen la materia, sin contenido ni argumentos jurídico-legales que justifiquen la interposición del recurso; en lugar de hacer un análisis técnico jurídico que desvirtué de manera razonada y razonable los fundamentos que sostiene el Auto de Vista, no obstante de la deficiente formulación del recurso, se ingresa al fondo a objeto de resolver la causa
Así interpuesto el recurso, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Antes de ingresar al análisis del proceso, se deja establecido que el memorial del recurso, es una simple cita y transcripción de normas que rigen la materia, sin contenido ni argumentos jurídico-legales que justifiquen la interposición del recurso; en lugar de hacer un análisis técnico jurídico que desvirtué de manera razonada y razonable los fundamentos que sostiene el Auto de Vista, no obstante de la deficiente formulación del recurso, se ingresa al fondo a objeto de resolver la causa
- CONSIDERANDO I
- Posteriormente, mediante Resolución Nº 012735 de 18 de agosto de 2000 a fs
- Finalmente la Comisión de calificación de rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR,
- Contra el Auto 6684 de 27 de junio de 2007, la asegurada interpuso recurso de
- En recurso de apelación promovido por el demandante (fs
- Contra el referido Auto de Vista, Diego Alejandro Mark Baldivieso, en representación legal de SENASIR,
- Es necesario aclarar que en el caso la renta se concedió inicialmente, con documentación presentada
- Concluye el memorial del recurso solicitando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Así interpuesto el recurso, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones
- El SENASIR como institución dependiente del Viceministerio de Pensiones, Valores y Seguros, tiene la facultad
- También es cierto que el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de
- En el mismo sentido, la Resolución Administrativa (RA) Nº 044 de 18 de julio de
- Conforme a dicha normativa es indiscutible la facultad que tiene el SENASIR (de oficio o
- De lo señalado, se infiere que a efectos de proceder al descuento de los montos
- En la especie, de la revisión de los datos que informan al proceso, se evidencia
- Al respecto, la Sentencia Constitucional Nº 0058/2004 de 24 de junio, estableció que: “La suspensión
- Bajo estas premisas, se concluye que no son evidentes las vulneraciones a las normas acusadas,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
