Auto Supremo AS/0052/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2015

Fecha: 20-Feb-2015

El SENASIR como institución dependiente del Viceministerio de Pensiones, Valores y Seguros, tiene la facultad

El SENASIR como institución dependiente del Viceministerio de Pensiones, Valores y Seguros, tiene la facultad de suspender provisional o definitivamente la renta, dentro de la potestad de revisión establecida en las disposiciones que rigen para el Sistema de Reparto, otorgadas por el art. 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social (R-CSS), que establece: "Las prestaciones en dinero concedidas podrán ser objeto de revisión de oficio o por denuncia a causa de errores de cálculo o de falsedad en los datos que hubieren servido de base para su otorgamiento. La revisión que revocare la prestación concedida o redujere su monto, no surtirá efecto retroactivo respecto a las mensualidades pagadas, excepto cuando se comprobare que la concesión obedeció a documentos, datos o declaraciones fraudulentas, caso en el que la Caja exigirá la devolución total de las cantidades indebidamente entregadas"