En el mismo sentido, la Resolución Administrativa (RA) Nº 044 de 18 de julio de
En el mismo sentido, la Resolución Administrativa (RA) Nº 044 de 18 de julio de 2001, que en su art. 2 inc. b) señala que: “para los casos de fusión de rentas, inconsistencia en los datos registrados en la base de datos y diferencia numérica en los cálculos y/o procedimiento de la renta, los montos recibidos por los beneficiarios en cuestión, serán sujetos a su devolución mediante panilla, en merito a las variaciones de los cálculos”. En el mismo sentido el art. 3 de la Resolución Ministerial Nº 815 de 21 de junio de 1999, y artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 384 de 11 de junio de 2011
- CONSIDERANDO I
- Posteriormente, mediante Resolución Nº 012735 de 18 de agosto de 2000 a fs
- Finalmente la Comisión de calificación de rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR,
- Contra el Auto 6684 de 27 de junio de 2007, la asegurada interpuso recurso de
- En recurso de apelación promovido por el demandante (fs
- Contra el referido Auto de Vista, Diego Alejandro Mark Baldivieso, en representación legal de SENASIR,
- Es necesario aclarar que en el caso la renta se concedió inicialmente, con documentación presentada
- Concluye el memorial del recurso solicitando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Así interpuesto el recurso, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones
- El SENASIR como institución dependiente del Viceministerio de Pensiones, Valores y Seguros, tiene la facultad
- También es cierto que el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de
- En el mismo sentido, la Resolución Administrativa (RA) Nº 044 de 18 de julio de
- Conforme a dicha normativa es indiscutible la facultad que tiene el SENASIR (de oficio o
- De lo señalado, se infiere que a efectos de proceder al descuento de los montos
- En la especie, de la revisión de los datos que informan al proceso, se evidencia
- Al respecto, la Sentencia Constitucional Nº 0058/2004 de 24 de junio, estableció que: “La suspensión
- Bajo estas premisas, se concluye que no son evidentes las vulneraciones a las normas acusadas,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
