Auto Supremo AS/0100/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2015

Fecha: 11-Feb-2015

Ahora bien, la presente demanda, teniendo el mismo aspecto factico, es decir sobre la base

Ahora bien, la presente demanda, teniendo el mismo aspecto factico, es decir sobre la base de los mismos hechos, de fs. 168 a 174, tiene por pretensión la restitución de $us. 50.000 a su favor por parte del Banco Mercantil Santa Cruz S.A. como reparación y/o indemnización por los hechos ilícitos imputados: en ese marco, la pretensión en uno y otro proceso es la misma, la restitución del $us. 50.000 (cincuenta mil 00/100 dólares americanos) que emerge del mismo antecedente fáctico, ya que el fin concreto en su interés y no una declaración abstracta de la ley sustantiva –pretensión- es la restitución del monto indicado, así se verifica del contenido de la petición en ambas demandas. Anotado aquello, al establecer el límite objetivo en la identidad de cosa u objeto del proceso, conforme cita Davis Echandía (Teoría General del Proceso, 2ª edición, 1997, pág. 459) “lo constituye el derecho reconocido, declarado o modificado por la sentencia, en relación a una cosa o varias cosas determinadas, o la relación jurídica declarada, según el caso”, por lo que en la determinación del proceso fenecido se tiene un derecho negado en la desestimación a la pretensión concreta de la restitución del monto de los $us. 50.000, existiendo identidad del objeto del proceso con el actual proceso instaurado