c)Contra la citada Sentencia, las imputadas Verónica Coca Vallejos, Valeria Villca Condori, Roxana Aidé Cachi
b)Concluido el juicio oral de reenvío, el Tribunal de Sentencia de Uncía del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, pronunció la sentencia 02/14 de 15 de abril de 2014 (fs. 438 a 453), declarando a: Paola Andrea Castillo Vargas, autora y culpable de los delitos de Trata de Seres Humanos con agravante, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos en los arts. 281 bis, 199 y 203 del CP, condenándole a la pena de diez años de privación de libertad; Valeria Villca Condori, Verónica Coca Vallejos y Roxana Aidé Cachi Sillo, autoras y culpables del delito de Trata de Seres Humanos con agravante, previsto y sancionado en el art. 281 bis del CP, condenándolas a la pena privativa de libertad de diez años; y, a Adhemar Villca Coyo, autor del delito de Encubrimiento previsto y sancionado en el art. 171 del CP, condenándole a la pena de privación de libertad de dos años, en todos los casos con costas en favor del Estado y la víctima.
c)Contra la citada Sentencia, las imputadas Verónica Coca Vallejos, Valeria Villca Condori, Roxana Aidé Cachi Sillo y Paola Andrea Castillo Vargas, formularon recursos de apelación restringida (fs. 458 a 463 vta., 467 a 471 vta., 551 a 557 y 558 a 569 respectivamente), resueltos mediante Auto de Vista 21/2014 de 17 de julio (fs. 295 a 308), que rechazó sin tramite las apelaciones interpuestas, motivando la formulación de los recursos de casación que son motivo del presente análisis de fondo
- a)En mérito a la acusación pública (fs
- c)Contra la citada Sentencia, las imputadas Verónica Coca Vallejos, Valeria Villca Condori, Roxana Aidé Cachi
- De los memoriales que cursan de fs
- La imputada refiere que mediante el Auto de Vista impugnado, con argumentos arbitrarios se determinó
- Mediante Auto Supremo 624/2014-RA de 4 de noviembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Con esos antecedentes, el Tribunal de Sentencia de Uncía, sancionó a los imputados en la
- II.2.De los recursos de apelación restringida
- Las imputadas a su turno formularon recurso de apelación restringida, conforme el siguiente detalle
- Por memorial de fs
- II.2.2. Apelación restringida de Paola Andrea Castillo Vargas
- art
- II.3.Trámite de los recursos y Auto de Vista impugnado
- Previa radicatoria de la causa, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- La imputada Paola Andrade Castillo Vargas invoca en calidad de precedente contradictorio el Auto Supremo
- Consiguientemente; en aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- Conforme señalan los arts
- Por otra parte, si bien es cierto, que el recurrente tiene derecho de ofrecer prueba
- En ese ámbito, la jurisprudencia ha determinado criterios en cuanto a los requisitos de forma
- III.3.Análisis del caso concreto
- Como se tiene señalado en el punto II
- El Auto de Vista impugnado, en lo que respecta a la apelación restringida y al
- Por otra parte, conforme se tiene anotado en el punto II
- Ante la observación efectuada, la imputada Paola Andrea Castillo Vargas, por memorial cursante de fs
- El Auto de Vista 21/2014 de 17 de julio, en cuanto a la apelación restringida
- Esta decisión se ajusta a las previsiones legales que regulan el recurso de apelación restringida,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
