Auto Supremo AS/0102/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

Como se tiene señalado en el punto II


Estando cuestionada por ambas recurrentes la decisión del Tribunal de alzada de rechazar sus recursos de apelación restringida que formularon en la causa, se ingresa a analizar si esa determinación vulneró los derechos a la defensa y el debido proceso y si incurrió en contradicción con el precedente invocado.

Como se tiene señalado en el punto II.2.1. de la presente Resolución, Verónica Coca Vallejos, en apelación restringida denunció defectos de Sentencia previstos en el art. 370 incs. 3), 5) y 6) del CPP, relativos a la falta de enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada, ausencia de fundamentación de la Sentencia o que esta sea insuficiente o contradictoria y que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba; expresando como norma vulnerada el art. 124 del CPP y como pretensión solicitó la anulación de la sentencia y la reposición del juicio, en observancia del art. 413 de la norma procesal penal