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    Auto Supremo AS/0106/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0106/2015-RRC

    Fecha: 12-Feb-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • a)En mérito a la acusación particular interpuesta por Néstor Julio Enríquez Quiroga (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante (fs
    • Del memorial de recurso de casación planteado por Hugo Nicolay Mamani (fs
    • En su exposición el recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado lo condenó por
    • Continúa la exposición de su denuncia, acusando que la Sentencia dictada por el Tribunal de
    • Finalmente, reclama la errónea aplicación de la ley sustantiva, específicamente del art
    • El recurrente impetra la anulación de la sentencia pronunciada por el Tribunal de alzada: “REVOCANDO
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1.De la Sentencia
    • Concluido el juicio oral, el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
    • II.2. De la apelación restringida del imputado Hugo Nicolay Mamani
    • El nombrado imputado, al igual que los otros sujetos procesales, planteó apelación restringida (fs
    • II.3.Del primer Auto de Vista
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolvió el fondo de
    • Con esos argumentos y similares expuestos en relación a los recursos formulados por el querellante
    • II.4. Del Auto Supremo que dejó sin efecto el primer Auto de Vista
    • En base a los fundamentos precedentes, dejó sin efecto el citado Auto de Vista, disponiendo
    • II.5. Del segundo Auto de Vista (ahora impugnado)
    • Como consecuencia del citado Auto Supremo, el Tribunal de alzada dictó el Auto de Vista
    • III.1. Necesaria referencia al anterior Auto Supremo emitido en la presente causa
    • La Difamación es la acción de desacreditar públicamente a una persona, en su reputación o
    • Efectuada la precisión que delimita el ámbito de análisis del recurso de casación, a efectos
    • En cuanto al delito de Difamación, el Tribunal de sentencia evidenció que de la primera
    • III.2. Análisis de los motivos alegados por el recurrente
    • De lo que se establece, que el recurrente, pese a contar con una respuesta fundamentada
    • Finalmente, se tiene que el recurrente hizo una nueva referencia en el recurso de casación
    • Por los argumentos precedentes se concluye que las denuncias formuladas por el imputado no son
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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