El nombrado imputado, al igual que los otros sujetos procesales, planteó apelación restringida (fs
El nombrado imputado, al igual que los otros sujetos procesales, planteó apelación restringida (fs. 798 a 802 vta.), denunciando: i) Errónea aplicación de la ley sustantiva penal y que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, pues jamás se demostró la comisión de un delito, siendo sentenciado en función a la prueba presentada por el propio Juez que lo juzgó, lo que denota total parcialización a favor de la parte acusadora; ii) La Sentencia se fundó en hechos inexistentes, por cuanto la prueba signada como “F-12” demuestra que los testigos de cargo conocían los extremos que fueron motivo de la publicación, por lo que no existen los presupuestos para configurar los delitos de Difamación y Calumnia; iii) Existe errónea aplicación de la norma sustantiva y falta de valoración objetiva de la prueba producida, enmarcándose la Sentencia en los defectos previstos por el art. 370 del CPP; iv) Valoración defectuosa de la prueba, toda vez que no se valoró la prueba referida a un panfleto donde se utilizaron términos inapropiados, no sólo para el acusador; sino, para cualquier persona; v) Existe contradicción entre la parte considerativa, ya que se reconoce un elemento de prueba para la acusación y se desconoce para la defensa, aplicándose incorrectamente la ley sustantiva penal, por lo que debe anularse la parte dispositiva de la Sentencia, declarándolo inocente de los delitos imputados, ante la existencia de duda razonable; y, vi) Errónea aplicación del art. 350 párrafo tercero del CPP, toda vez que las declaraciones de los testigos de cargo en ningún momento generaron convicción de la comisión de los delitos
- a)En mérito a la acusación particular interpuesta por Néstor Julio Enríquez Quiroga (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el querellante (fs
- Del memorial de recurso de casación planteado por Hugo Nicolay Mamani (fs
- En su exposición el recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado lo condenó por
- Continúa la exposición de su denuncia, acusando que la Sentencia dictada por el Tribunal de
- Finalmente, reclama la errónea aplicación de la ley sustantiva, específicamente del art
- El recurrente impetra la anulación de la sentencia pronunciada por el Tribunal de alzada: “REVOCANDO
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Concluido el juicio oral, el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.2. De la apelación restringida del imputado Hugo Nicolay Mamani
- El nombrado imputado, al igual que los otros sujetos procesales, planteó apelación restringida (fs
- II.3.Del primer Auto de Vista
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolvió el fondo de
- Con esos argumentos y similares expuestos en relación a los recursos formulados por el querellante
- II.4. Del Auto Supremo que dejó sin efecto el primer Auto de Vista
- En base a los fundamentos precedentes, dejó sin efecto el citado Auto de Vista, disponiendo
- II.5. Del segundo Auto de Vista (ahora impugnado)
- Como consecuencia del citado Auto Supremo, el Tribunal de alzada dictó el Auto de Vista
- III.1. Necesaria referencia al anterior Auto Supremo emitido en la presente causa
- La Difamación es la acción de desacreditar públicamente a una persona, en su reputación o
- Efectuada la precisión que delimita el ámbito de análisis del recurso de casación, a efectos
- En cuanto al delito de Difamación, el Tribunal de sentencia evidenció que de la primera
- III.2. Análisis de los motivos alegados por el recurrente
- De lo que se establece, que el recurrente, pese a contar con una respuesta fundamentada
- Finalmente, se tiene que el recurrente hizo una nueva referencia en el recurso de casación
- Por los argumentos precedentes se concluye que las denuncias formuladas por el imputado no son
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
