Auto Supremo AS/0120/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2015-RRC

Fecha: 24-Feb-2015

Identificados los precedentes, se tiene en el caso de autos, que la recurrente sustenta que

Identificados los precedentes, se tiene en el caso de autos, que la recurrente sustenta que el Auto de Vista impugnado, no se pronunció respecto a la errónea aplicación de la Ley sustantiva y a la defectuosa valoración de la prueba, particularmente en lo que corresponde a los testigos de cargo; a efectos de resolver la temática planteada, de la revisión del recurso de apelación restringida, se advierte que la querellante Benedicta Quispe Vda. de Mamani, formuló apelación restringida denunciando los siguientes agravios: a) Defectuosa valoración de la prueba testifical de cargo y descargo; b) Defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, señalando que la Sentencia es contradictoria en cuanto a la apreciación de la prueba; c) Que, la prueba de inspección ocular no fue valorada, simplemente fue mencionada; y, d) Falta de apreciación de la personalidad de los acusados, al no haberse observado sus datos personales