Así establecidos algunos de los principios en los que se sustenta toda nulidad procesal, contrastando
Así establecidos algunos de los principios en los que se sustenta toda nulidad procesal, contrastando con los fundamentos expuestos en el recurso de nulidad y de la compulsa de obrados, se concluye que los de instancia no han vulnerado norma alguna de orden público y de cumplimiento obligatorio que acarree la nulidad de obrados; tampoco se advierte actos y actuaciones procesales que dejen en indefensión a los sujetos procesales o conculquen sus derechos no sólo constitucionales, sino también de naturaleza adjetiva, puesto que si bien en el caso se evidencia la omisión denunciada al no haber sido resueltos los reclamos referidos, está es intrascendente, pues muy bien puede ser subsanada, sin necesidad de disponer la nulidad de obrados que se justifica única y exclusivamente ante un acto insubsanable y de tal trascendencia que afecte las garantías esenciales de defensa en juicio, siendo la misma de última ratio; por lo que no pudiendo evidenciar este Tribunal una situación insubsanable, no corresponde dar curso a la nulidad de obrados
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- El fundamento señalado en la Resolución de Vista, se sustentó en que se demostró la
- Que, contra el referido Auto de Vista, la demandada a través de su apoderado interpuso
- En el mismo punto existe otro error porque se le condenó al pago de costas,
- Manifiestan que los Vocales de la Sala Social y Administrativa Segunda hacen una interpretación errónea
- Concluyó el recurso pidiendo al Supremo Tribunal case el Auto de Vista recurrido y, en
- Freddy Soberon Menacho, contestó el recurso de casación mediante memorial de fs
- De la lectura del recurso, se debe dejar claramente establecido que el mismo no tiene
- En correspondencia a la acusada infracción de violación del art
- Que, la recurrente afirma que el Auto de Vista no resolvió sus reclamos respecto a
- El principio de trascendencia, en virtud del cual no hay nulidad de forma, si la
- El principio de convalidación en virtud del cual toda nulidad se convalida por el consentimiento
- Así establecidos algunos de los principios en los que se sustenta toda nulidad procesal, contrastando
- En ese marco, no procede la nulidad de obrados al no ser evidentes las vulneraciones
- Respecto al reclamo de la multa del 30% aplicada en la liquidación final, prevista en
- El reclamo se centra en el hecho de que el Auto de Vista confirmó la
- De la revisión de antecedentes fácticos, se desprende que el actor interpuso demanda de pago
- En cuanto a la prescripción que indican los recurrentes se hubiera consumado ilegalmente, cabe señalar
- Asimismo, es menester acotar que el Auto de Vista no hizo más que una aplicación
- Por lo señalado, resultan indebidos los argumentos de forma y fondo acusados en el recurso,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
