Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0151/2015
Fecha: 19-Mar-2015
CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II
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Demandado: Compañía de Ingeniería y Arquitectura CIABOL Ltda
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
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En grado de apelación, incoado por el representante legal de la Compañía de Ingeniería y
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CONSIDERANDO II
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Que el Auto de Vista impugnado aplicó indebidamente el art
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Argumenta que el monto de Bs
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De otro lado, acusa la violación del art
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Concluye su memorial solicitando a la Corte Suprema de Justicia, case el Auto de Vista
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Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar
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Asimismo a menester considerar que toda sentencia, entre otras cosas, debe cumplir con el principio
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a) El vicio de incongruencia, entendido como desajuste entre el fallo judicial y los términos
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De lo anotado, de ninguna forma el tribunal de apelación puede sustraerse de esa responsabilidad,
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Asimismo se advierte que tanto el tribunal ad quem como el juez a quo han
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Tanto la resolución impugnada como la sentencia, si bien coinciden al señalar que en el
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Finalmente el fallo recurrido tampoco observó la previsión del art
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En consecuencia, el tribunal de apelación en el caso ha resuelto el mismo en vulneración
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
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No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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