Auto Supremo AS/0151/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Tanto la resolución impugnada como la sentencia, si bien coinciden al señalar que en el

Tanto la resolución impugnada como la sentencia, si bien coinciden al señalar que en el proceso no se demostró que la actora hubiera trabajado horas extraordinarias, la liquidación determina el pago por ese concepto y, si bien aparentemente este es un error de concepción de los institutos del derecho laboral, porque en apariencia a través del mismo se estaría determinado el pago de los feriados y domingos. En materia laboral es de primordial importancia la fundamentación de la determinación de los diferentes ítems de la liquidación, pues si sólo se determina el monto a pagarse sin ninguna explicación o fundamentación, son razonables las dudas de recurrente en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia, por lo mismo se le abren los canales que la Ley le otorga para que en búsqueda de la justicia, acuda ante esta instancia. Las resoluciones que emiten las autoridades judiciales, deben exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de esas resoluciones. Esta exigencia, se torna aún más relevante cuando el juez o tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades inferiores más aún cuando ha tenido que ingresar a realizar la interpretación de la ley