En el fondo
En el fondo:
a)Expone que se hubo solicitado la exclusión de los ahora recurrentes en la presente causa toda vez que están ocupando el lote Nº13 y no el Nº11 como se está confundiendo, ya que se hubo demostrado que el demandante es propietario de lote Nº 11 y no del Nº13, conforme a los planos aprobados.
En definitiva solicita casar el auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo revocando el auto de vista consecuentemente anulando la Sentencia dictada por el Juez Partido Decimo Primero en lo Civil
a)Expone que se hubo solicitado la exclusión de los ahora recurrentes en la presente causa toda vez que están ocupando el lote Nº13 y no el Nº11 como se está confundiendo, ya que se hubo demostrado que el demandante es propietario de lote Nº 11 y no del Nº13, conforme a los planos aprobados.
En definitiva solicita casar el auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo revocando el auto de vista consecuentemente anulando la Sentencia dictada por el Juez Partido Decimo Primero en lo Civil
- Reivindicación
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esta Resolución, la parte demandada, es decir, Victor Hugo Corazón Andrade y Dency Justiniano
- En la forma
- b)Otra violación consistiría en que el juez de primera instancia nunca hubo llamado a las
- En el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Que, siendo dicho tópico ligado a una solicitud de nulidad de obrados, corresponde reiterar
- Teniendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados,
- b)Otra violación o agravio expuesto consistiría en que el juez de primera instancia no convoco
- Sobre el particular es menester realizar las siguientes puntualizaciones, del análisis de dicho agravio se
- Asimismo, la disposición transitoria segunda de la Ley 439 de 2013 taxativamente refiere: “Segundo
- 2.El régimen de comunicación procesal previsto en los Artículos 73 al 88 del presente Código
- 3
- 4
- 5
- 6.La recusación y excusa prevista en los Artículos 347 al 356 del presente Código.”
- De todo lo anotado a prima facie se puede evidenciar que el art
- Por otro lado conforme refieren que debió haberse convocado a una audiencia de conciliación, en
- Previamente conforme se desprende de antecedentes el tema del recurso de casación en el fondo
- Por lo expuesto, este Tribunal de Casación emite Resolución en la manera determinada en el
- Se regula el honorario profesional en Bs.1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
