Teniendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados,
Teniendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados, en el caso en cuestión conforme al agravio anotado de obrados se advierte:
-Por resolución de fs. 117 de fecha 23 de diciembre de 2013, se señaló audiencia de inspección judicial para fecha 29 de enero de 2014 a horas 17:00, determinación que es notificada a los ahora recurrentes en fecha 23 de enero de 2014 conforme se advierte de la diligencia visible a fs. 119
-Por resolución de fs. 117 de fecha 23 de diciembre de 2013, se señaló audiencia de inspección judicial para fecha 29 de enero de 2014 a horas 17:00, determinación que es notificada a los ahora recurrentes en fecha 23 de enero de 2014 conforme se advierte de la diligencia visible a fs. 119
- Reivindicación
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esta Resolución, la parte demandada, es decir, Victor Hugo Corazón Andrade y Dency Justiniano
- En la forma
- b)Otra violación consistiría en que el juez de primera instancia nunca hubo llamado a las
- En el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Que, siendo dicho tópico ligado a una solicitud de nulidad de obrados, corresponde reiterar
- Teniendo en claro los parámetros bajo los cuales ha de otorgarse una nulidad de obrados,
- b)Otra violación o agravio expuesto consistiría en que el juez de primera instancia no convoco
- Sobre el particular es menester realizar las siguientes puntualizaciones, del análisis de dicho agravio se
- Asimismo, la disposición transitoria segunda de la Ley 439 de 2013 taxativamente refiere: “Segundo
- 2.El régimen de comunicación procesal previsto en los Artículos 73 al 88 del presente Código
- 3
- 4
- 5
- 6.La recusación y excusa prevista en los Artículos 347 al 356 del presente Código.”
- De todo lo anotado a prima facie se puede evidenciar que el art
- Por otro lado conforme refieren que debió haberse convocado a una audiencia de conciliación, en
- Previamente conforme se desprende de antecedentes el tema del recurso de casación en el fondo
- Por lo expuesto, este Tribunal de Casación emite Resolución en la manera determinada en el
- Se regula el honorario profesional en Bs.1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
