Auto Supremo AS/0157/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2015

Fecha: 06-Mar-2015

Previamente conforme se desprende de antecedentes el tema del recurso de casación en el fondo

En el fondo
a)Expone que se hubo solicitado la exclusión de los ahora recurrentes en la presente causa toda vez que están ocupando el lote Nº13 y no el Nº11 como se está confundiendo, ya que se hubo demostrado que el demandante es propietario de lote Nº 11 y no del Nº13, ya que, este hubiese inscrito su derecho propietario con los planos aprobados, por lo que, no correspondía declarar probada la demanda de reivindicación.
Previamente conforme se desprende de antecedentes el tema del recurso de casación en el fondo es la no procedencia de la acción reivindicatoria, sobre este tema este Tribunal expresó con claridad que la reivindicación como acción de defensa de la propiedad se halla reservada al:" propietario que ha perdido la posesión de una cosa" y que el derecho propietario, por su naturaleza, conlleva la "posesión" emergente del derecho mismo, consiguientemente no necesariamente debe estar en posesión corporal o natural del bien, habida cuenta que tiene la "posesión Civil" que está integrada en sus elementos "corpus y ánimus", quedando claro, que la acción de restitución o devolución de la propiedad de un tercero es imprescriptible y puede ser aplicada en cualquier momento, por el propietario