Sin embargo de lo anterior, la entidad demandada omitió el pago de tales beneficios sociales,
Sin embargo de lo anterior, la entidad demandada omitió el pago de tales beneficios sociales, hasta la fecha, pues no consta en los antecedentes que se hubiera realizado depósito alguno a nombre de los beneficiarios, ni al Tesoro Judicial ni a la Inspectoría del Trabajo donde la actora intentó previamente el cobro, en la vía conciliatoria, omisión del empleador, resultando arbitrario e ilegal el condicionamiento de otros requisitos no establecidos en norma alguna
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
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- Acusa que el Vocal relator, no realizó una interpretación equilibrada, basada en el derecho, sino
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- Así entonces, conforme al art
- En el caso presente, no se trata precisamente del pago de tales derechos al trabajador,
- Para el propósito anterior, conforme al art
- En definitiva y conforme a lo expuesto, en los casos como el presente, tratándose del
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