Por este motivo, cuestionó que el Tribunal de Alzada aplicó erróneamente el art
II.1.2 Del recurso de casación del demandante
Sobre la exclusión de sueldo por aplicación indebida del art. 3.i) del CPT
Por este motivo, cuestionó que el Tribunal de Alzada aplicó erróneamente el art. 3.i) del CPT, desconociendo el principio de concentración, al haber pronunciado el Auto de Vista basado en actos procesales que no forman parte del expediente y disponiendo que de la liquidación se excluya el sueldo de 15 días de junio de 2006, en mérito a una demanda interpuesta por la Federación Sindical de Trabajadores del LAB S.A., por lo que acusa la violación de los arts. 149 y 179 del CPT y 236 del CPC
Sobre la exclusión de sueldo por aplicación indebida del art. 3.i) del CPT
Por este motivo, cuestionó que el Tribunal de Alzada aplicó erróneamente el art. 3.i) del CPT, desconociendo el principio de concentración, al haber pronunciado el Auto de Vista basado en actos procesales que no forman parte del expediente y disponiendo que de la liquidación se excluya el sueldo de 15 días de junio de 2006, en mérito a una demanda interpuesta por la Federación Sindical de Trabajadores del LAB S.A., por lo que acusa la violación de los arts. 149 y 179 del CPT y 236 del CPC
- Demandada : Empresa Lloyd Aéreo Boliviano S.A
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Grover Villanueva Tapia representante legal del Lloyd Aéreo
- En conocimiento de la Sentencia, Grover Villanueva Tapia, en representación de la Empresa demandada, (fs
- a) Afirma que, el Tribunal de Alzada infringió el art
- b) Dice que, lo propio ocurrió con la actualización y multa prevista por el DS
- c) Finalmente señala que, corresponde la nulidad del fallo recurrido, por haberse dictado alterando el
- Concluye solicitando se case o en su caso se anule el Auto de Vista confutado;
- Transcribiendo parte de las conclusiones del punto 2 del segundo Considerando del Auto de Vista
- Señala además que, “la determinación de la exclusión del pago de los salarios de noviembre
- Concluye pidiendo, casar parcialmente el Auto de Vista recurrido, respecto a la exclusión de los
- Antes del análisis del primer y segundo motivo del recurso de casación, es menester precisar
- Por este motivo, denuncia que el Auto de Vista fue pronunciado alterando el orden cronológico
- El reclamo del empleador que antecede, por el cual pretende la nulidad del Auto de
- Finalmente sobre la denuncia de nulidad por pérdida de competencia, debe hacerse referencia al art
- Por este motivo, cuestionó que el Tribunal de Alzada aplicó erróneamente el art
- Enfatizar que, los Tribunales de Alzada al pronunciar el fallo de segunda instancia deben respetar
- En autos, se pronunció la Sentencia declarando probada la demanda disponiendo que el LAB S
- Si bien, el vicio advertido tendría como efecto la nulidad de la resolución recurrida, debe
- Por los fundamentos expuestos, se concluye que las infracciones denunciadas por la Empresa demandada no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- 2do
- LIQUIDACIÓN
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
