Auto Supremo AS/0222/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2015

Fecha: 15-Abr-2015

VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Grover Villanueva Tapia representante legal del Lloyd Aéreo

Distrito : Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Grover Villanueva Tapia representante legal del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (fs. 128) y el demandante Milo Joaquim Liubich Stella (fs. 132 a 136 vta.), contra el Auto de Vista Nº 098/2014 de 30 de abril, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de salarios devengados y beneficios sociales seguido por Milo Joaquim Liubich Stella contra el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB S.A.); Auto de 14 de noviembre 2014 (fs. 139) que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.1 Demanda y Sentencia
Milo Joaquim Liubich Stella, mediante memorial de fs. 11 a 13, inició proceso laboral por pago de sueldos devengados y beneficios sociales; respondido el mismo y finalizado el proceso social, se pronunció la Sentencia de 20 de agosto de 2010 cursante de fs. 51 a 54, mediante la cual el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró probada la demanda e improbadas las excepciones perentorias de pago y prescripción, ordenando a la Empresa LAB S.A., para que a través de sus representantes legales Raúl Alfonzo Rivero Adriázola y Ehudy Marcelo Goldman Paz, dentro de tercero día de ejecutoriada dicha resolución, paguen al demandante la suma de Bs. 22.117,33