Auto Supremo AS/0255/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2015-RRC

Fecha: 10-Abr-2015

Ahora bien, considerando que el recurrente, cuestiona una supuesta carencia o falta de fundamentación intelectiva,


Ahora bien, considerando que el recurrente, cuestiona una supuesta carencia o falta de fundamentación intelectiva, siendo que esta constituye el factor trascendental del razonamiento judicial, en la que no sólo se trata de apreciar cada elemento de juicio en su individualidad, sino de aplicar conclusiones a partir de la apreciación conjunta e integral de toda la prueba judicializada, destacando los medios de prueba atinentes al caso que ofrezcan credibilidad y desechando otros considerados impertinentes; se evidencia de los antecedentes, que la Juez de Sentencia realizó una fundamentación mínima pero aceptable para proyectar sus conclusiones resultantes del análisis integral relacionadas al hecho objeto del juicio, que advierte un proceso de apreciación coherente con las conclusiones asumidas respecto a la existencia del hecho, la participación del imputado y el establecimiento de responsabilidad penal, resultando en consecuencia razonable que el Tribunal de alzada, en principio haya observado el planteamiento realizado en apelación, de confundir como agravio la insuficiencia con la contradictoria fundamentación en su contenido, para luego concluir enfatizando que la Sentencia cuenta con los requisitos de la fundamentación en cuanto a la motivación fáctica probatoria, descriptiva e intelectiva, al referirse en forma específica a todos y cada uno de los medios de prueba incorporados al juicio oral; que se realizó el análisis de la concurrencia de los elementos constitutivos o vinculación del hecho al tipo y que no existen las vulneraciones insinuadas por el apelante establecidas en el inc. 5) del art. 370 del CPP, subrayando que la Sentencia cumplió con la debida fundamentación de acuerdo al art. 124 del CPP