Auto Supremo AS/0255/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2015-RRC

Fecha: 10-Abr-2015

Con esta precisión, es menester en principio señalar que este Tribunal en reiterados fallos, estableció


En el caso de autos, el imputado Yersin Mauricio Quispe Nina, afirma que el Tribunal de alzada no respondió a los planteamientos que realizó en el recurso de apelación restringida, referidos a la carencia de fundamentación en la Sentencia en relación al valor otorgado a todos y cada uno de los elementos probatorios incorporados al proceso, de acuerdo a las reglas de la sana crítica y que dicha carencia de fundamentación igualmente alcanza a la “licencia de conducir” que supuestamente no portaba a momento de protagonizar el accidente de tránsito, extremo vinculado a su supuesta responsabilidad penal como autor directo del accidente.

Con esta precisión, es menester en principio señalar que este Tribunal en reiterados fallos, estableció el entendimiento de que la fundamentación como exigencia de fondo, comprende aquella función atinente al juzgador para que a tiempo de emitir la resolución correspondiente comprenda una fundamentación descriptiva, fáctica, analítica o intelectiva y jurídica; supone precisar el conjunto de hechos debidamente probados de forma clara, que denote una trascripción sintética pero completa del contenido de la prueba realizando el análisis de los elementos de juicio con que se cuenta, analizando la conducta desplegada por el imputado, los elementos del delito como la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad, seguida de la labor de adecuación o no del hecho al presupuesto normativo; y, la aplicación de la pena; de esta manera, se permita la comprensión de su contenido, sea por los sujetos procesales o cualquier persona; y se incurre en fundamentación insuficiente por la ausencia de cualquiera de los elementos o requisitos señalados; por ende, en el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP