La Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
La Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts. 115.II, 117.I y 180.I; siendo así que, la garantía del debido proceso contiene entre uno de sus elementos la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones, lo que significa que el juzgador al emitir el fallo debe resolver los puntos denunciados, mediante el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho en los que apoya su decisión; además, esta expresión pública de las razones justificadas de la decisión judicial, garantiza también el derecho a la publicidad otorgado a las partes como a la sociedad en general respecto a la información de la Resolución, exigencia que también se halla establecida en el art. 124 del CPP
- Por memorial presentado el 9 de diciembre de 2014, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 029/2015-RA de 15 de enero,
- Mediante el Auto Supremo 029/2015-RA de 15 de enero, se admitió el recurso de casación
- II.1. Acusación formal
- El Ministerio Público, acusó al recurrente el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto por
- II.2. Sentencia
- El Tribunal de Sentencia, en el acápite destinado a la subsunción de los hechos al
- II.4. Auto de Vista
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista impugnado, concluyendo de la siguiente manera
- (…) En este contexto, el tribunal ad quem, considera que la resolución impugnada cumple con
- El Tribunal de alzada resolvió declarar sin lugar el recurso de apelación restringida interpuesto por
- Antes de realizar la labor de contraste encargada por el art
- III.1. Del precedente contradictorio invocado
- El recurrente, invoca el Auto Supremo 086/2008 de 18 de marzo, que estableció la siguiente
- III.2. Sobre la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- La Constitución Política del Estado, reconoce y garantiza el debido proceso en sus arts
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución emitida
- III.3. Análisis del caso concreto
- En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación probatoria, el Auto de Vista impugnado,
- Con estos argumentos, el Tribunal de alzada consideró que la Sentencia apelada, cumplió con la
- De la relación que precede, se advierte que el Tribunal de alzada, de manera clara
- Por lo referido, se concluye que el Tribunal de alzada al resolver el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
