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    Auto Supremo AS/0078/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0078/2015-L

    Fecha: 05-May-2015

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    • Auto Supremo Nº 78/2015-L
    • Expediente: CHUQ.413/2010
    • Distrito: Chuquisaca
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo del Trabajo y
    • En grado de apelación formulada por la institución demandada (fs
    • Señalan que el tribunal de apelación ha arribado a las siguientes conclusiones erradas
    • - No valoró el memorándum GNC-113/2009 de 2 de abril, por el que el Gerente
    • - No consideró importante el proceso administrativo que YPFB instauró al demandante, siendo que fue
    • Acusa incorrecta aplicación del art
    • Señala incorrecta aplicación del art
    • Indica que el auto de vista interpretó erróneamente el Decreto Supremo Nº 28699 al no
    • Concluye solicitando al Supremo Tribunal que case el auto de vista recurrido, declarando improbada la
    • CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se coligen
    • Respecto a la acusación de que el tribunal de apelación ha arribado a conclusiones erradas,
    • - De la no valoración del memorándum GNC-113/2009 de 2 de abril, por el que
    • Cabe señalar que la pretensión de la institución recurrente, de que el tribunal de apelación
    • Respecto a la acusación de incorrecta aplicación del art
    • En relación a la afirmación de que el auto de vista interpretó erróneamente el Decreto
    • Por lo expuesto corresponde precisar que, nuestra legislación prevé dos vías para precautelar la estabilidad
    • Por otra parte, habiéndose dispuesto la reincorporación del actor a su fuente laboral, la que
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por
    • Sin costas en aplicación del art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.

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