Auto Supremo AS/0078/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2015-L

Fecha: 05-May-2015

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto anteladamente, no siendo evidentes las violaciones aducidas por YPFB a través de sus representantes legales en el recurso de casación en el fondo de fs. 270 a 271, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo