Auto Supremo AS/0114/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2015-L

Fecha: 22-May-2015

Al respecto de la revisión de obrados se evidencia que en la confesión de fs

Al respecto de la revisión de obrados se evidencia que en la confesión de fs. 218 la actora si bien reconoció haber realizado modificaciones refirió también en forma aclaratoria que “… como tareas inherentes al cargo que desempeñaba en el área de sistemas existen oportunidades en las que se deben hacer modificaciones a la base de datos para facilitar o habilitar opciones para que los demás funcionarios de otros sectores cumplan con sus obligaciones, quiero aclará que no es una oportunidad sino una necesidad de hacer esa modificación por la razón referida anteriormente….quiero aclarar que yo no modifique el monto dentro de esa necesidad de modificar la base de datos he modificado la fecha de vencimiento del avaluó para que el oficial de crédito mediante una opción del sistema realice la actualización de ese avaluó ….nunca modifique valores alguno de ninguna garantía hipotecaria…” “…en ningún momento he hecho algo que vaya en contra de la institución, quiero aclarar que al hacer la modificación en la base de datos en la forma referida anteriormente, en ningún momento he causado perjuicio a la institución…quiero manifestar que esa modificación referida anteriormente he comunicado a los niveles ejecutivos de la institución porque consideraba que ese tipo de modificaciones estaba inmerso dentro de las tareas rutinarias del área de sistemas”