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    Auto Supremo AS/0278/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0278/2015

    Fecha: 05-May-2015

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.
    • CONSIDERANDO I
    • La resolución de segunda instancia, motivó que Luis Fernando Pinaya, mediante memorial de fs
    • b) El demandado en el desarrollo del proceso estuvo patrocinado por una defensora de oficio
    • c) Refiere que en el proceso se demostró la existencia de la relación laboral de
    • Concluye su recurso, solicitando que los Magistrados de la Sala Social y Administrativa del Tribunal
    • Cristóbal Arlindo Murga Paco, por memorial de fs
    • En el caso sub lite, el Tribunal de Alzada mediante Auto de Vista Nº 181
    • Ahora bien, de la revisión del expediente se tiene que por resolución a fs
    • Si bien la nulidad dispuesta por el Tribunal de Alzada fue hecha en vistas a
    • Así entonces, es evidente que el demandado tuvo conocimiento del proceso que se venía ventilando
    • Por último, se advierte que el Tribunal de Alzada extralimitó sus poderes al anular obrados
    • Consecuentemente, se evidencia que no ha existido indefensión, menos violación del debido proceso que
    • En mérito a las consideraciones precedentes corresponde fallar conforme disponen el art
    • Por secretaría de Sala cúmplase con lo previsto por el artículo 17
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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