Contra esa resolución de primera instancia, Carmen
I.1.2 Auto de Vista
Contra esa resolución de primera instancia, Carmen Pareja de Huls en representación de CIMACO LTDA., por memorial de fs. 585 a 586, interpuso recurso de apelación, y el SIN mediante memorial de fs. 589 a 591 vta. responde y se adhiere y dicho recurso, que tramitado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Chuquisaca, mereció el Auto de Vista N° 349/2010 de 18 de octubre, que CONFIRMÓ en todas sus partes la Sentencia N° 05/2010 de fs. 573 a 580
Contra esa resolución de primera instancia, Carmen Pareja de Huls en representación de CIMACO LTDA., por memorial de fs. 585 a 586, interpuso recurso de apelación, y el SIN mediante memorial de fs. 589 a 591 vta. responde y se adhiere y dicho recurso, que tramitado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia de Chuquisaca, mereció el Auto de Vista N° 349/2010 de 18 de octubre, que CONFIRMÓ en todas sus partes la Sentencia N° 05/2010 de fs. 573 a 580
- Demandante: Empresa CIMACO LTDA
- VISTOS: El recurso de casación
- Contra esa resolución de primera instancia, Carmen
- Contra el señalado Auto de Vista, CIMACO LTDA
- Que también se ha vulnerado el principio secundum allegata et probata partium nea eat judez
- 1
- I
- Manifiesta asimismo que, no se han considerado los principios de contabilidad y otras disposiciones
- Que por otra parte en fs
- Concluyó su recurso, señalando que luego de los trámites de rigor, en caso de
- Planteado el recurso en los términos señalados, los antecedentes del proceso y las normas que
- Con relación a la vulneración del principio “secundum allegata et probata partium nea eat judez
- II
- Por lo fundamentado, el recurso de forma deviene en infundado
- Del recurso de casación en el fondo
- Con relación a la no consideración de los principios de contabilidad y otras disposiciones contables
- Con relación a las facturas de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
