Auto Supremo AS/0289/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0289/2015

Fecha: 06-May-2015

Contra el señalado Auto de Vista, CIMACO LTDA

I.2 MOTIVOS RECURSO DE CASACIÓN
Contra el señalado Auto de Vista, CIMACO LTDA. representada por Carmen Pareja de Huls, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo, por memorial de fs. 622 a 626 vta., de cuya revisión se extraen como motivos del mismo, los siguientes:
I.2.1 Recurso de casación en la forma
1.2.1.1 Manifiesta que se han infringido los principios de especificidad, razonabilidad, exhaustividad y congruencia, señalados en los arts. 190, 192.2.3 y 397 del Código de Procedimiento Civil (CPC), con relación a la sentencia impugnada que a pesar de ser un error in procedendo, también se sustenta en el art. 253.1 en el caso de la apelación, porque no resuelve la vulneración del principio de congruencia que conlleva el principio de exhaustividad, reclamado de fs. 585 a 586, porque correspondía aplicar la nulidad de obrados por omisión de los siguientes puntos: a) La sobreestimación de los ingresos mediante la errónea aplicación de conceptos de costos de producción, sin diferenciar costos de administración con costos de producción, determinando el tributo sobre base presunta. b) La consideración del crédito fiscal IVA de abril/2004 de Bs.1670.- para su descuento en la declaración siguiente porque solo afecta el programa transitorio al crédito fiscal del mes de marzo/2004 y c) Anatocismo fiscal, en cuanto al cálculo de accesorios