Teniendo presente todo lo anotado, conforme al agravio descrito corresponde analizar el Auto de Vista
Teniendo presente todo lo anotado, conforme al agravio descrito corresponde analizar el Auto de Vista impugnado para establecer si ha existido errónea aplicación o no de la norma en cuanto al tema de la interpretación de los contratos, debiendo a tal efecto citar el entendimiento adoptado por el Auto de vista de fs. 214 a 217 que en lo pertinente refiere:“¿Cuáles son las obligaciones que surgen del contrato? 1) Para el Grupo Consultor CREAK SRL, la obligación de elaborar un proyecto arquitectónico del Mercado de Abasto por la suma de 22.000 $us, monto que debió ser cancelado de acuerdo al avance del proyecto cuyo plazo fue de 90 días desde la aprobación del Anteproyecto por parte de los socios de SOCOMA.2) Por su parte los representantes de SOCOMA se comprometen al pago de la retribuciónpactada en la sigte. Forma:” Al suscribir el contrato el anticipo del 30% del monto total; a la presentación del anteproyecto, la primera cuota del 30% y al cumplir el servicio en su etapa de diseño final y previa aprobación en la Dirección de Desarrollo Urbano se cancelará la segunda cuota que comprende el 40% que corresponde al saldo total del proyecto (clausula cuarta del contrato de fs.4/5)
- Partes: Asociación colectiva Mercado Abasto “ASCOMA” c/ CREAK SRL
- Proceso: Resolución de Contrato
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa resolución, Ricardo Valdez Montalvointerpone recurso de apelación de fs
- Resolución de segunda instancia que fue impugnada por Remberto Fernández Vargas quien
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Siendo este el tema del recurso, corresponde en principio precisar que el art
- Teniendo presente todo lo anotado, conforme al agravio descrito corresponde analizar el Auto de Vista
- Conclusión:En ninguna de las cláusulas del contrato de prestación de servicios en examen, se ha
- El contrato de prestación de servicios es un contrato bilateral y sinalagmático, genera obligaciones para
- Siendo este el antecedente bajo el cual se ha elaborado el documento objeto de Litis
- El costo de Tributación por la APROBACION del PROYECTO ARQUITECTONICO, ante las oficinas de la
- De estos antecedentes descritos claramente se advierte que si bien en principio el contrato objeto
- Partiendo de todo lo anotado en el caso en cuestión como se expuso por la
- Por lo que, se evidencia que el Tribunal Ad quem no ha valorado de manera
- En razón a lo expuesto, corresponde a éste Tribunal resolver conforme prevé los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Rómulo Calle Mamani
