Auto Supremo AS/0281/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2015-RRC-L

Fecha: 08-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular, presentada por Francisca Aurora Linares Zamora (fs. 24 a 27), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Cuarto de Partido y Sentencia de El Alto de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 10/2009 de 10 de septiembre (fs. 258 a 263 vta.), por la que declaró a los imputados Carmen Linares Zamora, Florencia Octavia Linares Zamora, Maruja Antonia Blanco Paredes y Víctor Luján Flores, absueltos de culpa y pena de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del CP, sin costas y sin lugar a declararse la temeridad y malicia de la acusación particular.

b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Francisca Aurora Linares Zamora interpuso recurso de apelación restringida (fs. 269 a 273 vta.), resuelto por Auto de Vista 121/2009 de 30 de noviembre (fs. 287 a 288), emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada, motivando el presente recurso de casación.

I.1.1. Motivos del recurso de casación

Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 145/2015-RA-L de 10 de abril (fs. 320 a 322 vta.), se extraen los motivos a ser analizados en la presente Resolución, sobre los cuales, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP)