Auto Supremo AS/0371/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2015-RRC

Fecha: 12-Jun-2015

Al respecto, corresponde señalar que la recurrente a momento de formular su alzada restringida fundamentó


Al respecto, corresponde señalar que la recurrente a momento de formular su alzada restringida fundamentó entre sus agravios que la sentencia incurre en la causal prevista en el inc. 6) del art. 370 del CPP, al basarse en hechos inexistentes, no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, puesto que en la acusación del Ministerio Público indicó que por referencias del denunciante por motivos familiares no pudo vivir en la casa y ahora muestra como su propiedad; sin embargo en el delito de Allanamiento protege la morada no la propiedad, por lo que los imputados no cometieron el delito por cuanto el denunciante no tenía su domicilio allí, inmueble que habitan los ahora denunciados desde su infancia