Auto Supremo AS/0371/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2015-RRC

Fecha: 12-Jun-2015

La acusada interpuso recurso de apelación restringida, manifestando sucintamente: i) Haciendo cita del art


La acusada interpuso recurso de apelación restringida, manifestando sucintamente: i) Haciendo cita del art. 370 inc. 6) del CPP, señala que la Sentencia se basó en hechos inexistentes, no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba, refiriendo en síntesis que en la acusación del Ministerio Público indico que por referencias del denunciante por motivos familiares no pudo vivir en la casa y ahora muestra como su propiedad; sin embargo en el delito de allanamiento protege la morada no la propiedad, por lo que los imputados no cometieron el delito por cuanto el denunciado no tenía su domicilio allí, inmueble que habitan los ahora denunciados desde su infancia; ii) Asimismo, en el punto “XI FUNDAMENTACIÓN DEL DERECHO” (sic) de la sentencia, manifiesta que se fundamenta en su declaración de que antes vivía en el bien inmueble y no se valora su declaración donde se manifiesta que siempre vivió en la casa de sus papas y que el 10 de julio de 2011 se encontraba lavando ropa dentro de la casa; en consecuencia, la condenada y acusada siempre vivió en la casa y sólo salió de ahí por causa del presente proceso; iii) En el acápite “X VALORACIÓN INTELECTIVA DE LA PRUEBA APORTADAS” (sic), advierte que la prueba MP.D7 es una fotocopia simple de la certificación de la Policía Boliviana donde se denuncia el extravío o robo, que es corroborada por la fotocopia legalizada de un folio real donde se registra el nombre del denunciante; sin embargo, no demuestra que tenga su domicilio o vive en el inmueble, por lo que afirma que el Ministerio Público no demostró la existencia del allanamiento o que el denunciante tuviera algunos bienes en el mismo bien inmueble, tampoco presento como prueba la declaración testifical del denunciante o del testigo o cuidador que es el padre de los acusados; por consiguiente, arguye que se supra valora las pruebas presentadas, más aun cuando a los demás coacusados fueron absueltos al no haberse demostrado la existencia del hecho denunciado