Auto Supremo AS/0371/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2015-RRC

Fecha: 12-Jun-2015

Sobre este agravio el Tribunal de alzada manifestó que la apelante expresa como “único fundamento”


Sobre este agravio el Tribunal de alzada manifestó que la apelante expresa como “único fundamento” el hecho de que el denunciante no vivía en el inmueble objeto del supuesto allanamiento y que el tipo penal protege la morada y la intimidad donde se vive, mas no el derecho de propiedad; aspecto que el Tribunal de alzada arguye que no evidencia que el Tribunal de Sentencia haya basado su fundamentación en tal extremo, ya que conforme al principio de inmediación estableció como hecho cierto que la imputada ingresó al bien inmueble ubicado en la zona Huayna Potosí, calle Cordova #3014 de El Alto; sin la autorización de Jhonatan Quisbert Ticona, específicamente a la habitación donde vivía el cuidador Felipe Mamani Merlo, utilizando fuerza en las cosas y rompiendo candados